martes, 16 de junio de 2009

Doce hombres sin piedad

Todos los países poseen una Constitución, escrita o no, que encierra los principios, valores y normas fundamentales que regulan la vida de sus ciudadanos. Irán se dotó de ese marco constitucional en 1979.

Las diferentes "cartas magnas" suelen crear un órgano, judicial en unos casos, religioso o mixto en otros, que se encarga de que la actuación cotidiana de los poderes públicos se adecue al texto constitucional y a sus valores y principios.

En Irán es el Consejo de Guardianes de la Revolución con un mandato de seis años y una imaginativa composición: seis religiosos, expertos en ley islámica, designados por el líder o guía religioso (cuyos decretos son divinos e infalibles) y seis juristas, especializados en diferentes áreas del derecho.

Toda la legislación aprobada es revisada por ellos en un sorprendentemente expedito plazo de diez días, bien en su concordancia y compatibilidad con el criterio del Islam, tarea que corresponde al voto mayoritario de los seis religiosos exclusivamente, bien con la Constitución, misión a realizar por todo el Consejo en un voto cualificado mínimo de nueve integrantes. Son esos doce hombres los encargados de recontar ahora los votos de las controvertidas elecciones generales y, en una decision sin precedentes, revelar a los iranies el nombre del presidente por ellos elegido.

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